viernes, 23 de octubre de 2009

Ley de Subcontratacion I


En esta ocasion quiero hablarles de la ley de subcontracation, de una manera simple y resumida para que todos podamos comprenderla, sin ningun problema jejejjejeje aqui les va.

La subcontratación, es una de las formas de externalización laboral, más utilizadas hoy en día, junto con el suministro de trabajadores. Se puede presentar a través de dos modalidades: Régimen de subcontratación o servicios transitorios.

- Agentes que participan en cada uno de ellas.

Empresa de servicios transitorios E.S.T:

Es aquella que tiene por objeto poner trabajadores a disposición de terceros denominados empresas usuarias, para cumplir en estas últimas, tareas de carácter transitorio u ocasional.

Empresa usuaria:

Se entiende por usuaria a toda persona natural o juridica, que contrata a una empresa de servicios transitorios, la puesta a disposición de trabajadores para realizar labores o tareas transitorias u ocasionales.

Trabajador de servicios transitorios:

Es aquel trabajador que ha convenido un contrato de trabajo con una empresa de servicios transitorios para ser puesto a dispocisión de una empresa usuaria.

Dentro de las características de la subcontratación, encontramos el concepto de empresa contratista o de subcontratación, ésta mantiene una relación comercial con la empresa principal y bajo su responsabilidad serán contratados los trabajadores subcontratados.

La empresa principal es aquella que contrata los servicios de una empresa externa. En ella se ejecutan los trabajos o faenas contratadas.

El trabajador subcontratado es aquel que presta servicios a una empresa contratista. Con esta empresa mantiene un contrato laboral directo.

Características de la subcontratación:

- La subcontratación se da en un contexto laboral, en el cual un contratista ejecuta obras o servicios para una empresa principal.
- Existen dos tipos de subcontratación de obras y servicios, estas obras y servicios se ejecutan por cuenta y riesgo del contratista y con trabajadores bajo su dependencia.
- Los lugares de desarrollo de subcontratación son empresas o faenas de una empresa principal.
- Se excluyen de la subcontratación, obras o los servicios que se ejecutan o prestan de manera discontinua o esporádica.

Sistemas de control de contratistas.

El sistema de control de contratistas se establece a través de los derechos y responsabilidades de la empresa principal. Así mismo se puede imponer responsabilidades en materia de higiene y seguridad.

1. Derechos de la empresa principal:

Derecho de información: Sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los contratistas y subcontratistas.

- Certificados de inspección del trabajo.
- Por medios idóneos (sistemas propios).

2. Derecho de retención:

Derecho de retención de obligaciones que tenga a favor el contratista y pago a trabajadores e instituciones previsionales acreedoras.

3. Derecho de pago:

Derecho de pago de subrogación de la empresa principal al trabajador o institución previsional acreedora.
Aumento del grado de responsabilidad de la empresa principal.

- Sistemas de incentivos: Para lograr el establecimiento de un sistema de control de contratistas:
- Responsabilidad solidaria/ responsabilidad subsidiaria.
- Objeto responsabilidad: obligaciones laborales y previsionales (de dar remuneraciones y asignaciones en dinero y cotizaciones previsionales), incluidas indemnizaciones legales.
- Responsabilidad solidaria en caso de que la empresa principal no haya ejercido los derechos de información y retención que le otorga la ley.

La elección del grado de responsabilidad corresponde a la empresa principal.

Sistema de control de contratistas con respecto a temas de higiene y seguridad.

Lo que debe otorgar la faena como centro de atribución de responsabilidades en materia de higiene y seguridad.

- Deber de protección de la empresa principal respecto de todos los trabajadores de la obre, sean propios o externos.
- Sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo implementado por la empresa principal en la obra o faena o servicios propios de su giro. La faena para todos los trabajadores que en ella laboran, sean propios o externos:

- Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas.
- Comité paritario de faena.
- Departamento de prevención de riesgos de faena.
- Intensifica la participación de los organismos administradores del seguro en la gestión de la seguridad (apoyo en la implementación de sistema de gestión, prescribir medidas correctivas de acuerdo a infracciones cursadas por la inspección del trabajo, notificación infracciones, asistencia al cumplimiento en sustitución de multas, etc.).
- Sistema de notificación de accidentes con resultado grave o fatal.

Bueno aqui les va la primera parte pronto terminare la saga jejjejejje

saludos y gracias por los buenos comentarios sobre mi blog, gracias a la ayuda de santoz tratare de subir el reglamento de Higiene y Seguridad de la MAPFRE

nos vemos besos

(Winter Skies - Stratovarius) ♥

1 comentario:

Anónimo dijo...

Buena la pagina colega informacion correcta y facil, gracias